IMSS y Seguridad Social: la importancia de servicios profesionales formales frente a la evasión y simulación
Lic. Edgar Barreto.
Hablar del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Hablar del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es referirnos al segundo organismo fiscal autónomo más importante de México, después del Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como el eje rector de la Seguridad Social en Latinoamérica, con quien se apoya el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (SPTS) en el ejercicio de facultades de inspección e intercambio de información. Es importante señalar que la relevancia del IMSS no sólo radica en el monto de recaudación de las Cuotas Obrero Patronales o en el financiamiento de los cinco seguros que administra, incluyendo los de retiro, sino también el carácter social y jurídico que impacta en la población y en sus actores externos, como contadores, abogados, médicos, derechohabientes, autoridades administrativas, laborales y fiscales, al regularse bajo una Ley que es de utilidad pública e interés social, siendo motivo primordial de la estabilidad social a partir del principio de solidaridad.
Escenario real del IMSS
Bajo el escenario que se describe, resulta de vital importancia mantener una debida recaudación primaria para nuestro país y sus 78 millones de derechohabientes, bajo un modelo de cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones fiscales ante el IMSS e INFONAVIT; así las cosas, el mercado actual exige una prestación de servicios profesionales en materia de Seguridad Social, sea en contabilidad, financiera o legal, que dé una solución real y ad hoc para todas aquellas personas físicas o morales (empresas beneficiarias/contratante) que tienen el carácter de patrón o sujeto obligado, con soluciones, recomendaciones, opiniones contables o jurídicas y, en general, asesorías y consultorías con la debida experiencia y conocimientos técnicos, mediante prestadores de servicios reales, con infraestructura y bienes propios que demuestren el compromiso ante las empresas beneficiarias y la autoridad fiscal para responder a las obligaciones patronales que señala la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, evitando estrategias de evasión, colusión o elusión fiscal. Es decir, prestar un servicio profesional a fin de otorgar seguridad jurídica al contribuyente y/o derechohabiente en los procedimientos fiscales y administrativos, sean en el sector patronal o en los de pensión, incapacidades, rectificación de datos u otros, a efecto de obtener un criterio de beneficio para el contribuyente/IMSS, en términos de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
Reflexionando
La reflexión transcrita se hace necesaria toda vez que en las últimas décadas se han posicionado diversos actores que prestan servicios de asesoría en Seguridad Social bajo esquemas de evasión, elusión, colusión o simulación, buscando obtener una disminución indebida en el pago de cuotas, o bien, publicando una oferta en materia contenciosa administrativa (recursos de inconformidad – juicios fiscales) con el sólo objeto de dilatar o defraudar en el pago de obligaciones patronales ya consumadas, aprovechando vacíos legales o errores de la propia autoridad fiscal, convirtiéndose una competencia desleal a los prestadores de servicios serios en el mercado.
Es así que una propuesta de nuestra firma es establecer un registro nacional de prestadores de servicios de Seguridad Social, para el IMSS e INFONAVIT, que sea regulado y administrado por el propio IMSS, en la inteligencia de que este apoya al INFONAVIT en la recaudación primaria de las aportaciones de vivienda.
La propuesta que se pone en la mesa, es que las personas físicas o morales que funjan como prestadores de servicios profesionales en esta materia, obtengan un distintivo-insignia emitido por el IMSS que permita diferenciar a los prestadores comprometidos y responsables en el cumplimiento del marco normativo de la Seguridad Social y fiscal, sirviendo como directriz en la ejecución de actividades propias en la industria, que se refleje como una herramienta eficiente para erradicar la informalidad en la prestación de servicios, sin que se cuarte la libertad de trabajo y asociación en términos del artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la libertad de comercio conforme al similar 5° del Código de Comercio.
Hablar de los requisitos y requerimientos documentales consideramos son objeto de otra publicación, pero debe tenerse en cuenta que los prestadores de servicios profesionales debieran cumplir con los extremos del artículo 69 Bis del Código Fiscal de la Federación, contando en la infraestructura, credenciales de buenas prácticas y mejora continua, opiniones positivas de cumplimiento, registro de sus empleados y colaboradores, así como materialidad en sus operaciones y entregables, a fin de dar certeza a un registro de este tipo.
Debe pensarse en un trabajo conjunto entre el IMSS, INFONAVIT, la academia, los colegios y asociaciones de contadores y abogados y otros actores, el procedimiento de inscripción y registro de los prestadores de servicios bajo un paraguas de profesionalismo en el servicio, buscando un procedimiento de evaluación por parte del IMSS, con reglas claras y objetivas que permitan verificar que los prestadores cumplen con las disposiciones del Consejo Técnico, la Dirección de Incorporación y Recaudación, la Dirección Jurídica del IMSS, o bien, la Subdirección de Recaudación Fiscal del INFONAVIT, entre otras.